Ley Antitabaco México: Cuándo entra en vigor y en qué consiste

En los comercios ya no se permitirá fumar, aunque tengan lugares con ventilación. Conoce cuándo entrará en vigor la Ley Antitabaco y todo lo que tienes saber de esto.

La Ley Antitabaco en México establece que los cigarros saldrán de los anaqueles en todos los comercios y se dejará de fumar en establecimientos como restaurantes, aunque cuenten con espacios abiertos.  Conoce cuándo entrará en vigor y todos los detalles.

Se contemplan algunos amparos por parte de empresarios de la industria restaurantera, hotelería, tiendas de autoservicio, de conveniencia, comercios en pequeño, los cuales buscarán continuar con esta actividad sin tantas restricciones.

Recordemos que esto obedece a la entrada en vigor de un nuevo decreto dentro del reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco que fue publicado el pasado 16 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual prohíbe el consumo de cigarrillos en espacios públicos.

¿Cuándo entra en vigor la Ley Antitabaco en México?

La Ley Antitabaco entró en vigor desde este 15 de enero del 2023, la cual establece que los cigarros saldrán de los anaqueles en los comercios y se dejará de fumar en restaurantes aunque cuenten con lugares acondicionados, derivados de esta ley.

Cabe mencionar que la Secretaría de Salud Federal con base en evidencia científica prevé que, en un horizonte de 10 años, con estas medidas se eviten más de 49 mil muertes prematuras y 292 mil de nuevos casos de enfermedades asociadas al tabaquismo.

Destacan que actualmente en México los gastos de atención médica relacionadas al tabaquismo se calculan en más de 116 mil millones de pesos cada año, cifras que buscan frenar con las nuevas disposiciones de salud.

¿En qué consiste la Ley Antitabaco?

  1. Prohibición de exhibición de las cajetillas de este producto en las tiendas de abarrotes, de conveniencia, supermercados y otros puntos de venta a nivel nacional.
  2. No se prohíbe la venta al público.
  3. Se contempla prohibir toda forma de publicidad, promoción patrocinio de tabaco, a través de cualquier medio de comunicación y difusión, incluida la exhibición directa e indirecta de los productos del tabaco.
  4. Tener a los espacios 100% libres de humo y emisión en cualquier lugar de trabajo, zonas de concurrencia como parques, playas, estadios, así como en el transporte público y escuelas.

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