La SCJN declaró inconstitucional la penalización del aborto en México

Los ministros de la Suprema Corte votaron sobre la penalización del aborto en Coahuila

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) expresó inconstitucional la penalización del aborto, por lo que el criterio es ahora obligatorio para todos los jueces del país, esto luego de una votación unánime.

El Pleno reinició este martes la discusión sobre la penalización del aborto en Coahuila en la que ya ocho ministros se habían pronunciado ayer por declarar inconstitucionales este tipo de medidas.

El día de hoy fue el turno de tres de once para prorrumpir sobre la propuesta de Luis María Aguilar Morales de declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establece hasta tres años de cárcel a quienes abortan de manera voluntaria.

Cabe destacar que el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no se presentó por "causas de fuerza mayor", de acuerdo con el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat subrayó que la Constitución federal no prohíbe el aborto y que su castigo se traduce en una sanción al ejercicio de derechos como el de la dignidad humana, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad jurídica, la salud y la libertad reproductiva.

Motivo por el cual votó a favor de la propuesta del ministro Aguilar Morales, a quien exhortó a profundizar más sobre la ponderación del derecho a decidir y el derecho a la vida.

El ministro Luis María Aguilar Morales, quien ejecutó el proyecto, destacó la voluntad y disposición de sus compañeros de la Corte por construir la propuesta.

Ocho ministros de la SCJN se pronunciaron por anular la criminalización del aborto en Coahuila establecida aun para casos de violación. El análisis del asunto continuó hoy con el pronunciamiento de tres ministros más.

Se sabía que con ocho votos informados sería suficiente para exponer inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establece penas de hasta tres años de cárcel a las mujeres que se practican abortos de manera voluntaria.

La Corte emitió esta declaración al resolver la acción de inconstitucionalidad presentada por la extinta Procuraduría General de la República contra el Código Penal de Coahuila, por lo que el dictamen por los ministros tiene como efecto la eliminación del artículo 196 que prevé hasta tres años de cárcel a las mujeres que se practican abortos de manera intencional.

El proyecto creado por el ministro Luis María Aguilar Morales declaró que su propuesta no trata de defender el derecho al aborto, sino el derecho de las mujeres a decidir libremente sobre su vida.

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